EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA N° 10.049/24
ARTICULO 1º: Autorizase el Uso de Espacio Público para la construcción de una Rampa sito en calle Coronel Suarez Nº 255, de la ciudad de Chacabuco, de acuerdo a lo solicitado por la vecina Inés Danny De Titto (DNI 5.799.783).
ARTICULO 2º: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir y exclusivamente el desarrollo de la obra.
ARTICULO 3º: Las erogaciones resultantes para la organización de la obra serán afrontadas única y exclusivamente por los solicitantes.
ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESION ORDINARIA Y PUBLICA NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.
Expediente Nº 20.397/24.