EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

ORDENANZA N° 10.052/24

 

ARTICULO 1º: Autorizase a la Dirección General de Cultura y Educación Jardín N° 911 “René Favaloro” de la localidad de Cucha Cucha (Chacabuco), y en representación de la misma, a su Directora María Rosa Graziano,  la excepción a la Ordenanza Nº 4915/09 y su modificatoria Ordenanza Nº 7112/17, para la venta de bebidas alcohólicas suministrada por el fogón organizado por la Asociación Cooperadora de dicho jardín, en el marco del “Carnaval Cucha Cucha 2024”, que se realizará el día 17 de febrero de 2024, en el horario de 19:00 hs. a 03:00 hs. del día 18 de febrero.

 

ARTICULO 2º: De Forma.

 

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.

                                                                                                                                                        

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESION ORDINARIA Y PUBLICA NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.

 Expediente Nº 20.551/24.