EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA N° 10.053/24
ARTÍCULO 1º: Autorizase a “Ministerio Lumbrera Impartiendo Luz”, y en representación del mismo al Pastor Presidente Hernán Tabares (DNI: 28.871.748), el uso del espacio público y corte del tránsito vehicular en calle Callao Nº 259 entre Avenida Juan XXIII y Dr. Terrile. (Frente al Club Social) de la ciudad de Chacabuco, el día 09 de marzo de 2.024, en el horario de 16:00 hs. a 24:00 hs. Motivo: Evento Profético tipo Campaña Evangelística.
Artículo 2º: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante lo peticionado.
ARTICULO 3º: Las erogaciones resultantes para la organización del evento serán afrontadas, única y exclusivamente por la solicitante.
ARTICULO 4º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º bis, de la ordenanza Nº 6.541/15.
ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de dar cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de espacios públicos.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESION ORDINARIA Y PUBLICA NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.
Expediente Nº 20.552/24.