EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

ORDENANZA N° 10.205/24

ARTICULO 1º: Autorizase a la Sub- Secretaria de Cultura DDHH, el Uso del Espacio    ——————— Público y corte de tránsito vehicular de la calle  Villegas entre Carlos Gardel y Cadelago. (Parque Temático Municipal).

  • El domingo 28 de julio de 2024.
  • En el horario: de 13:30 horas hasta las 19:00 horas.
  • Motivo Reinauguración del Trencito del Parque Temático.

 

B: Autorizase a la Sub- Secretaria de Cultura DDHH, el Uso del Espacio  Público y corte de tránsito vehicular en las Calles Reconquista del (Nº 0 al Nº 50), esquina de Calle Reconquista y San Martín.

  • Armado: el día Jueves 25 de Julio de 2024.
  • Desarmado: El día domingo 28 de Julio de 2024.
  • En el horario de 06;00 hs. al domingo 00:00 horas.
  • Motivo: Armado de escenario, “Programa Maravillosa Música” un concurso destinado a Jóvenes bonaerenses.

 

B:  Autorizase a la Sub- Secretaria de Cultura DDHH, el Uso del Espacio  en plaza San Martin. .

  1. El día domingo 28 de Julio de 2024.
  2. En el horario de 14;00 hs. al domingo 19:00 horas.
  3. Motivo: Show de Malabares y Circo.

 

ARTÍCULO 2º: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante el desarrollo de la obra.

ARTICULO 3º: Las erogaciones resultantes para la organización de la actividad serán afrontadas, única y exclusivamente por los solicitantes.

ARTICULO  4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.

ARTICULO 5°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

 DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESIÓN ORDINARIA Y PÚBLICA NUMERO NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO (N° 995), LLEVADA A CABO EN EL PARQUE TEMÁTICO MUNICIPAL, A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.-

Expediente Nº 20.862/24.