EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la siguiente

ORDENANZA Nº  12/84

 

ARTICULO Nº 1: Exímase del pago del importe que le corresponde —- abonar por Impuestos Municipales; Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Servicios Sanitarios por el año 1984, al inmueble propiedad del Sr. Bartolomé Décima ubicado en Calle La Rioja Nº 334, designado Catastralmente como; Circ; I, Sección; J, Maz.; 648 c. Parcela 11.- 

 

ARTICULO Nº 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e   ———————— inscríbase.  

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A DIECISIETE  DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO.

Leg. 043.