EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA Nº 12/84
ARTICULO Nº 1: Exímase del pago del importe que le corresponde —- abonar por Impuestos Municipales; Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Servicios Sanitarios por el año 1984, al inmueble propiedad del Sr. Bartolomé Décima ubicado en Calle La Rioja Nº 334, designado Catastralmente como; Circ; I, Sección; J, Maz.; 648 c. Parcela 11.-
ARTICULO Nº 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e ———————— inscríbase.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A DIECISIETE DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO.
Leg. 043.