EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA Nº 189/85
ARTICULO Nº 1: Exímase por vía de excepción, a la Comisión de Festejos “Centenario de Castilla” de la Tasa de Marcas y Señales, por las operaciones de venta de vacunas realizadas.——————————
ARTICULO Nº 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS UN DIA DEL MES DE MARZO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO.
Expte. Nº 395.-