EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA Nº 20/84
ARTICULO Nº 1: Dispónese la paralización inmediata de los juicios en ———————— trámites iniciados por el Gobierno de facto contra los contribuyentes que adeuden Tasas por servicios municipales.-
ARTICULO Nº 2: Notificase a los demandados individualmente por ————————- intermedio de la Asesoría Letrada lo dispuesto por el Artículo 1º y la posibilidad de acogerse a la Ordenanza a la Ordenanza número 007 (Moratoria Municipal), debiendo tomar a su cargo los gastos causídicos de sus respectivos expedientes.-
ARTICULO Nº 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.———–
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DOS DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO.
Leg. 069.