EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la siguiente

 

ORDENANZA Nº 210/85

 

ARTICULO Nº 1: Declárese de utilidad Pública y pago obligatorio para los propietarios o poseedores a título de dueño de las Parcelas con frente a la obra, la ejecución de las obras de ampliación de la red de Desagües Cloacales en Calle Olavarría entre Sargento Cabral y Espora (acera impar).———————————————————————————-   

 

ARTICULO Nº 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.  

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TRES DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO.

Expte 397.-