EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA Nº 242/85
ARTICULO Nº 1: Convalidase el Convenio celebrado entre la Municipalidad de Chacabuco y el Banco del Oeste S.A. sobre provisión de carne Vacuna.
ARTICULO Nº 2: Convalidase el Convenio celebrado entre la Municipalidad de Chacabuco y el Banco del Oeste S.A. sobre Plan Cultural: Subvención de gastos de artistas.
ARTICULO Nº 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO.
Expte. Nº 471