EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la siguiente

 

ORDENANZA Nº 293/85

ARTICULO Nº 1: Autorízase a la Secretaria de Obras y Servicios Públicos a otorgar permiso con carácter precario a los Organizadores Oficiales de la Fiesta de la Tradición en el Partido de Chacabuco (1.985), para el cierre de las calles con motivo de los festejos deleitado acontecimiento.

 

ARTICULO Nº 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.  

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DOCE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO.

Expte. 549