EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA Nº 315/85
ARTICULO Nº 1: Destinase en el Cementerio de la ciudad de Chacabuco, un terreno para erigir un monolito en recordación de músicos y poetas locales.
ARTICULO Nº 2: La Secretaría de Obras y Servicios Públicos municipal reglamentará sobre medidas y ubicación del mismo.
ARTICULO Nº 3:
ARTICULO Nº 4: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO.
Expte. 577