EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la siguiente

 

ORDENANZA Nº 318/85

 

ARTICULO Nº 1: Declárese de utilidad pública y pago obligatorio para los propietarios o poseedores a título de dueño de las parcelas con frente a la obra, la ejecución de las obras de ampliación de la red de desagües las siguientes calles: 

Ituzaingo entre C. Pellegrini y Quintana (acera par) 

Dean Funes entre Av. Elguea Román y L.N. Alem (acera Impar). 

Dean Funes entre C. Pellegrini y Bdo. De Irigoyen (acera impar). 

Azcuenga entre Cnl. Suárez y Cervantes (acera par). 

 

ARTICULO Nº 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.  

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTIOCHO  DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO.

Expte. 583