EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA Nº 318/85
ARTICULO Nº 1: Declárese de utilidad pública y pago obligatorio para los propietarios o poseedores a título de dueño de las parcelas con frente a la obra, la ejecución de las obras de ampliación de la red de desagües las siguientes calles:
Ituzaingo entre C. Pellegrini y Quintana (acera par)
Dean Funes entre Av. Elguea Román y L.N. Alem (acera Impar).
Dean Funes entre C. Pellegrini y Bdo. De Irigoyen (acera impar).
Azcuenga entre Cnl. Suárez y Cervantes (acera par).
ARTICULO Nº 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO.
Expte. 583