EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA Nº 43/84
ARTICULO Nº 1: Establézcase como DUELO MUNICIPAL el día dos (2) de Mayo de cada año.
ARTICULO Nº 2: Recuérdese en esa fecha los nombres de los hijos de Chacabuco, Caticha Rubén Darío y Díaz Luis Roberto, que entregaron su vida por la Patria, en el Hundimiento de Crucero A.R.A. General Belgrano luego de la gesta reivindicativa de la Soberanía Nacional sobre las Islas del Atlántico Sur de 2 de Abril de 1982.-
ARTICULO Nº 3: Las Banderas del Partido de Chacabuco deberán izarse a media asta.-
ARTICULO Nº 4: Invítase a las autoridades de las dependencias Nacionales y Provinciales a adherirse a la presente Ordenanza.-
ARTICULO Nº 5: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE ABRIL DEL 1984.-
Leg. 111.-