EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la siguiente

 

ORDENANZA Nº  45/84

 

ARTICULO Nº 1: Aceptase la Donación a esta Municipalidad de PESOS  ARGENTINOS SEIS MIL ($a 6.000), efectuada por la entidad financiera “Carles Sociedad Anomina”.- 

 

ARTICULO Nº 2: La donación recibida conforme a lo dispuesto por el artículo anterior, será destinada para cubrir gastos de funcionamiento del Hogar del Niño Municipal “Paula Albarracín de Sarmiento”.- 

 

ARTICULO Nº 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE ABRIL DEL 1984.-

Leg. 125.-