EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA Nº 119/84
ARTICULO N.º 1: Autorizar a la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Chacabuco la colocación de un semáforo en la intersección de las Calles Zapiola y Corrientes.
ARTUCULO N.º 2: Autorizar la circulación de vehículos en ambos sentidos en la Calle Corrientes, entre la Calle Corrientes, entre las Calles Zapiola y Alberdi de nuestra Ciudad.
ARTICULO N.º 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO.
Leg. 260.-