EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la siguiente

 

ORDENANZA Nº  121/84

 

ARTICULO Nº 1: ** Ver Expte. Por Secretaria.—

 

Incrementase Cálculo y Recursos Aprobadas.- 

 

ARTICULO Nº 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e  inscríbase.  

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO.

Leg. 287.-