EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA Nº 173/84
ARTICULO 1º: Autorizase al D. E. para cancelar la deuda de la Municipalidad para con el Instituto de Prevision Social de conformidad a las disposiciones de la Ley nro. 10.425/84
ARTICULO Nº 2: Comuníquese al D. E Municipal e Inscríbase
DADO, EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 1984.