EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA Nº 174/84
ARTICULO Nº 1: Declarese de Utilidad pública y pago obligatorio para los propietarios o poseedores a título de dueño de las parcelas con frente a la obra, la ejecución de las obras de ampliación de la red de agua corriente en las siguientes calles:
Duberty entre Rivadavia y Belgrano . – Expte. Nº 4029-4839/84
Av. Alsina entre Güemes y Castelli . – Expte Nº 4029-4843/84
Balcarce entre Andrés de Vera y Espora Expte Nº 4029 – 4773/84
Junin entre Santa Fe y Buenos Aires Expte Nº 4029-4527/84
Dr. Casasco entre 9 de Julio y 25 de Mayo y 25 de Mayo entre Gutierrez y Dr. Casasco. Expte. 4029-4875/84
M.B de Cacho entre Av. Saavedra y Padre Doglia. Expte 4029-4533/84
335 entre Ituzaingo y Almafuerte Expte. 4029-4308/84
ARTICULO Nº 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO. Leg. 371