EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA Nº 68/84
ARTICULO 1: Facúltase al D.E. para que ceda a título a la Provincia de Buenos Aires hasta el 31 de Diciembre de 1984 el uso del edificio municipal ubicado en calle Cervantes y San Luis.
ARTICULO 2: La Provincia destinará el referido edificio a la instalación en él de la Delegación Regional de la Subsecretaría de Trabajo.
ARTICULO 2º: Será a cargo de la Provincia el suministro de los servicios de electricidad, gas y teléfono, como así los gastos de mantenimiento del ejercicio.
ARTICULO Nº 4: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO.-
Expte. Nº 176.-