EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la siguiente

ORDENANZA Nº 354/86

ARTICULO 1º: Fíjase en el 25 % del costo resultante de la obra “ensanche” del Pavimento de la Avenida Garay entre Avenida Colón y Viamonte (4 cuadras) y de la Avenida Hipólito Yrigoyen entre Avenida Solís y Sargento Cabral el aporte a cargo de la Municipalidad para la construcción de la misma.———————————————————–

ARTICULO 2º: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1º será atendido con los recursos provenientes del crédito otorgado por el Banco de la Provincia de Buenos Aires autorizado por Ordenanza nº 328/85.—————————————————————–

ARTICULO Nº 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS.

EXPTE. 652