EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la siguiente

ORDENANZA Nº 416/86

ARTICULO  1: Declárese de utilidad pública y pago obligatorio para los propietarios o poseedores a título de dueño de las parcelas con frente, a la obra, la ejecución de las siguientes calles:

  • Melian entre Carlos Pellegrini y Quintana (acera Impar).
  • Garay entre Cnel. Suárez y Azcuenaga (acera impar).
  • Dean Funes entre Córdoba y Catamarca (acera impar).
  • Almafuerte entre Bdo. de Irigoyen y A. del Valle (acera par).

ARTICULO Nº 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS OCHO  DIAS  DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS.

Expte. 775.