EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA Nº 430/86
ARTICULO 1: Declárese de utilidad pública y pago obligatorio para los propietarios y poseedores a título de dueño de las parcelas con frente a la obra, la ejecución de las obras de iluminación decorativa en calle L. N. ALEM entre Almafuerte y Av. Garibaldi de esta Ciudad.—————
ARTICULO Nº 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.——————————————————————————–
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS.
Expte. 794