EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la siguiente

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la siguiente

ORDENANZA Nº 468/86

ARTICULO 1º:  Solicitase al D.E. intime a los que resulten propietarios del edificio extienda “La Perla” para que clausuren sus accesos y dén cumplimiento a Ordenanza que entienden sobre condiciones edilicias de Seguridad y Salubridad.———————————————————–

ARTICULO 2º: Asimismo solicitase al D.E. efectué un relevamiento por las vías que correspondan, de los edificios es estado de abandono, a efectos de proceder a intimar a sus dueños a que realicen trabajos de adecuación.—————————————————————————–

ARTICULO Nº 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECIOCHO DIAS  DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS.

Expte. 847