EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la siguiente

ORDENANZA Nº 476/86

ARTICULO  1º:  Autorizase a la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Chacabuco a la colocación de Discos “Prohibido Estacionar” desde el hidratante sobre la acera que corresponde al predio de los Colegios Secundarios, comprometiéndose dicha Sociedad a retirarlos si obstaculizan en el futuro la ampliación de la obra de dichos colegios.—

ARTICULO Nº 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.——————————————————————————-

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECIOCHO  DIAS  DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS.

Expte. 848