EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA Nº 476/86
ARTICULO 1º: Autorizase a la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Chacabuco a la colocación de Discos “Prohibido Estacionar” desde el hidratante sobre la acera que corresponde al predio de los Colegios Secundarios, comprometiéndose dicha Sociedad a retirarlos si obstaculizan en el futuro la ampliación de la obra de dichos colegios.—
ARTICULO Nº 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.——————————————————————————-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS.
Expte. 848