EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la siguiente:

ORDENANZA Nº 547/87

ARTICULO 1º: Autorizar al D.E. a contratar con Banco de la Provincia de Buenos Aires, un crédito por la suma de Australes Noventa y Seis Mil (A 60.000,ºº).——————————————————————-

ARTICULO 2º: El crédito que se contrata en virtud de lo dispuesto en el artículo 1º, será destinado a la prosecución y terminación terminal de Onmibús.—————————————————————————

ARTICULO 3º: El préstamo será amortizando en un plazo de seis (6) años mediante cuotas semestrales crecientes según la siguiente escala: 4 %; 5%; 6%; 7%, 8%, 9%; 10%; 11%; 12%; 13% y 15%, vencimiento la primera de ellas a las doce (12) meses de su contratación, todos porcentuales sobre el monto del crédito original, devengado un interés del veinticuatro por ciento (24%) anual vencido a tasa reajustable.————————————————————————

ARTICULO 4º: En garantía del fiel cumplimiento de los servicios de la deuda que se contrae, la Municipalidad declara afectados los ingresos tributarios provenientes de las participaciones fiscales sin afectación correspondiente a los impuestos nacionales y/o provinciales.————–

 

ARTICULO 5º: El D.E. deberá prever los presupuestos futuros las partidas necesarias para atender los servicios del préstamo hasta su total cancelación.———————————————————————–

ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DOS DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE.

Expte. 997