EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la siguiente

ORDENANZA Nº 619/88

ARTICULO 1º: Modificase el Articulo 2º de la Ordenanza Nº 682/82, el que quedará redactado de la siguiente manera:

ARTICULO 2º: El modelo de la citada carátula, conforme el Anexo 1º de la presente Ordenanza, cuya disposición y dimensiones deberán respetarse estrictamente. La utilización de esta carátula será a partir del 1º de diciembre de 1987, no obstante lo cual las anteriores carátulas serán aceptadas de igual forma.—————————————

ARTICULO 3º: Comuníquese, al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.————————————————————————–

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO.

EXPTE. Nº 1148