EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

ORDENANZA N° 10.481/25

ARTICULO 1º: Autorizase al Sr. Augusto Castrillo DNI Nº 38.852.786, el Uso del Espacio Público en vereda de Avenida Saavedra Nº 52 de la ciudad de Chacabuco, el día 31 de enero de 2025, desde las 18:00hs hasta las 02:00hs del siguiente día.

Motivo: Evento Recreativo (fuera del local Bigtallo)

ARTÍCULO 2º: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes  que pudieran surgir durante el desarrollo del evento mencionado en el artículo anterior.

ARTICULO 3º: Las erogaciones resultantes para la organización del evento serán afrontadas, única y exclusivamente por los solicitantes.

ARTICULO 4º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º bis, de la ordenanza Nº 6.541/15 y AADI CAPIF y/o cualquier otro requerimiento.

ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar  el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos e inscríbase.

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESIÓN ORDINARIA Y PÚBLICA NUMERO MIL ONCE (N° 1.011) POR LA VERDAD, MEMORIA Y JUSTICIA, SITO EN SAN JUAN N° 167, A LOS VEINTISEIS DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO-
 Expediente Nº 21.298/25.