EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA N° 10.581/25
ARTÍCULO 1º: Resérvese y delimítese un espacio para demarcación y reserva de estacionamiento exclusivo de motocicletas, frente a las instalaciones de la “Universidad Tecnológica Nacional- Extensión Áulica Chacabuco” ubicada en calle Remedios Escalada de San Martin Nº 138, de la ciudad de Chacabuco.
ARTÍCULO 2º: El Departamento Ejecutivo deberá proceder a la señalización de dicho espacio, contemplando seis (6) metros contados a partir de una de las líneas medianeras del inmueble, designándose “Estacionamiento exclusivo para Motocicletas”.
ARTICULO 3º: Comuníquese y remítase copia de la presente Ordenanza al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.
ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, SITO EN CALLE SAN JUAN Nº 167, EN EL MARCO DE LA SESIÓN ORDINARIA Y PÚBLICA NUMERO MIL TRECE (N° 1.013), A LOS VEINTITRES DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.-
Expediente Nº 21.343/25.