EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA Nº 698/88
ARTÍCULO 1º: Créase un Hogar Materno Infantil, el que tendrá carácter gratuito.————————————————————————
ARTICULO 2: Serán beneficiarios de dicho establecimiento, los menores normales de ambos sexos de 45 días a 3 años.——————-
ARTICULO 3º: Serán requisitos para ingresar al sistema:
- Que los niños sean partes de un grupo familiar de escasos recursos. Entiéndase por familia de escasos recursos aquella cuyos ingresos no superen 2 (dos) sueldos mínimos de la administración Municipal.
- Pedido de ingreso al sistema por los padres, tutores y/o guardadores.-
- Documentación personal del menor.
- Certificado de Salud
- Certificado de Vacunas
- Certificado de Trabajo de los padres.
- Cumplimentar la encuesta que realizará la Secretaría de Acción Social.
ARTICULO 4º: Se inscribirán menores hasta 3 años cumplidos al 30 de Junio del año correspondiente y el número de ellos deberá a las disponibilidades físicas, materiales, humanas y presupuestarias.———
ARTICULO 5º: A igualdad de problemática socio económica, se priorizará el ingreso de hermanos.————————————————-
ARTICULO 6º: Los padres deberán ratificar o rectificar sus certificados de trabajo trimestralmente y cuando la madre se encuentre imposibilitada de trabajar fuera de sus hogar, deberá presentar certificado (Por enfermedad o embarazo).—————————————
ARTICULO 7º: La baja de los beneficiarios del sistema se producirá a) cuando se modifique la situación familiar que originó el ingreso. b) Cumplimiento de la edad tope en este caso los niños podrán permanecer hasta la finalización del año. d) Derivación a otro sistema alternativo.
DEL FUNCIONAMIENTO
ARTICULO 8: El Hogar Materno funcionará los doce meses del año, en el horario tentativo de 8 a 16 hs. Quedando faltado el D.E. para producir los cambios que considere conveniente de acuerdo a las necesidades detectadas.————————————————————–
DE LOS RECURSOS FISICOS
ARTICULO 9º: El D.E. proveerá los recursos físicos necesarios de acuerdo a las necesidades presupuestarias y materiales.
ARTICULO 10º: El Hogar deberá contar con un medido de transporte para el traslado de los niños, al efecto el D.E. Instrumentará los niños, al efecto el D.E. instrumentará los recaudos necesarios para tal fín. Dicho vehículos podrá compartirse con otros establecimientos educacionales.——
DE LOS RECURSOS HUMANOS
ARTICULO 11º: El Hogar con:
- Una a cargo de la Institución, quién tendrá bajo su responsabilidad el funcionamiento en sus aspectos administrativos y técnicos, cumpliendo asimismo tareas docentes Jerárquicos IV.-
- Dos idóneos (Técnico II) – El personal señalado en a) y b) se distribuirá de la siguiente manera:
Niños de 45 (Cuarenta y cinco) días a 15 (quince) meses 1- (una) persona cada 8 (ocho) niños.-
Niños de 15 (quince) meses a 3 (tres) años – 1 (una) persona cada 15 (quince) niños.-
- Un personal de servicios (Servicios VI).
- También contará con personal de apoyo (Voluntarios) que consistirán en Pediatras, Odontólogos y Asistentes Sociales.-
ARTICULO 12º: Un profesional Médico Pediatra del Hospital Municipal, asistirá al hogar cada 15 (quince) días y efectuará un control y seguimiento de los niños.————————————————————-
ARTICULO 13º: El personal Jerárquico y Técnico tratará de interaccionar al menor con la familia por medio de reuniones individuales o grupales, abarcando toda la problemática del núcleo conviviente.————————
DE LA FINANCIACIÓN
ARTICULO 14º: El proyecto podrá financiarse:
- Con recursos propios.
- Recursos provenientes de convenios celebrados con organismos provinciales y/o nacionales para la cobertura de alimentación, vestimenta escolar o dotación de personal.
- Con Subsidios que D.E. podrá gestionar para:
c-1 Respecto del inmueble:
Para construcción –para ampliación – para alquiler-
c-2: Respecto del equipamiento:
Total.- parcial-
- Recursos provenientes de convenios celebrados con instituciones intermedias, empresas o particulares.
- Con los recursos que se generan a partir de la Asociación Cooperadora a crearse del Hogar Maternal Municipal.-
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
ARTICULO 15º: Autorizase al D.E. a gestiones establecidas en el Art. 11º, inciso b); c) y d), a fín de establecer la cuantía de los recursos propios como paso previo a la puesta en marcha del programa.-
ARTICULO 16º: Comuníquese, al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.————————————————————————
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, CONSTITUIDO EN LA LOCALIDAD DE O’HIGGINS A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO.
EXPTE. Nº 1223-1-211- 1217