EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la siguiente

ORDENANZA Nº 719/88

ARTÍCULO 1º: Autorizase al D.E. A enajenar los bienes municipales que se señalan a continuación, en los términos del artículo 159º de la Ley Orgánica Municipal:

  • Un tractor marca Deutz desarmado
  • Cuatro tanques de presión distintas medidas
  • Tres Camillas de parto
  • Una Bandeja enlozada para baños
  • Dos camillas de chapa antiguas
  • Un eskabe en desuso con tanque
  • Veintiocho mesas de luz de chaca altas
  • Tres mesitas de chapa
  • Un automóvil marca Torino modelo 1976
  • Una camioneta marca Chevolet modelo 1972
  • Un diferencial y partes cabina camión Ford 1937
  • Una carrocería de madera para camión
  • Una plataforma y caja de barredora Ufana
  • Una niveladora de arrastre desarmada
  • Lotes varios de chatarra
  • Lotes varios de repuestos en desuso
  • Un chasis
  • Tres pulmotores antiguos
  • Un esterilizador antiguo- Una Pick – Up Chevrolet carrozada (azul)
  • Un automóvil marca Ford – Falcon (verde)
  • Una Heladera grande
  • Un Ómnibus marca Mercedes Benz modelo 1969
  • Dos moto marca Yamaha modelo 1981
  • Una moto Zanella modelo 1977 en desuso
  • Elementos varios de rechazo.

ARTICULO 2º: Autorizase al D.E. a enajenar los bienes señalados en el artículo anterior en parte de pago de nuevas adquisiciones, de conformidad a lo dispuesto por el Art. 161º de la ley orgánica municipal.——————-

ARTICULO 3º: Comuníquese, al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.——————————————————————————

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TRES DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO. EXPTE. Nº 1361