EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 6751/16
ARTÍCULO 1º: Eximir al Sindicato Empleados de Comercio de Chacabuco del pago correspondiente al Derecho de Construcción, para la creación de un jardín maternal ubicado en calle San Juan Nº 167 de la Ciudad de Chacabuco.
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.-
Expte. Nº 14.560/15-