EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 6803/16
ARTICULO 1º: Convalidase el Contrato de Prestación de Servicio de Mantenimiento y la Addenda, celebrados entre la Municipalidad de Chacabuco y la Cooperativa Eléctrica de Chacabuco Ltda. , en la cual se acuerda que a los valores establecidos en la cláusula quinta del Contrato se deberá adicionar el IVA.-
ARTICULO 2º: Autorícese la afectación de fondos en futuros ejercicios.-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.
Expediente 14.587/15.-