EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 6875/16
Artículo 1º: Prohíbase la circulación y estacionamiento de camiones, acoplados, maquinaria agrícola y/o vehículos de gran porte, en los pasajes de los barrios que a continuación se detallan:
• Barrio U.O.C.R.A.-
• Barrio Parque Azul.-
• Barrio Municipal.-
• Barrio N. Kirchner.-
• Barrio San Antonio.-
• Barrio Los Pioneros.-
• Barrio La Amistad.-
• Barrio La Ilusión.-
• Barrio Malvinas.-
• Barrio Pro. Casa.-
• Barrio Cooperativa.-
• Barrio Los Robles.-
• Barrio La Construcción.-
• Barrio Parque Chacabuco.-
• Barrio San Cayetano.-
Artículo 2º: Exceptuase de la prohibición del Artículo 1º, a aquellos vehículos que deban estacionarse ocasionalmente, por razones de mudanza o a fin de facilitar la carga y descarga de mercaderías.-
Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.-
EXPTE. Nº 14.987/16.-