EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

O R D E N A N ZA  Nº  6875/16

 

Artículo 1º: Prohíbase la circulación y estacionamiento de camiones, acoplados, maquinaria agrícola y/o vehículos de gran porte, en los pasajes de los barrios que a continuación se detallan:

• Barrio U.O.C.R.A.-

• Barrio Parque Azul.-

• Barrio Municipal.-

• Barrio N. Kirchner.-

• Barrio San Antonio.-

• Barrio Los Pioneros.-

• Barrio La Amistad.-

• Barrio La Ilusión.-

• Barrio Malvinas.-

• Barrio Pro. Casa.-

• Barrio Cooperativa.-

• Barrio Los Robles.-

• Barrio La Construcción.-

• Barrio Parque Chacabuco.-

• Barrio San Cayetano.-

Artículo 2º: Exceptuase de la prohibición del Artículo 1º, a aquellos vehículos que deban estacionarse ocasionalmente, por razones de mudanza o a fin de facilitar la carga y descarga de mercaderías.-

Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.-

EXPTE. Nº 14.987/16.-