O R D E N A N Z A Nº 5524/11.
ARTICULO 1º: Convalidase Convenio de Fortalecimiento Logístico, suscripto entre Municipalidad de Chacabuco y el Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia de Buenos Aires. Referente a la compra de (8) Camionetas que serán designadas como Patrulleros de la Policía Provincial en nuestra ciudad.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL ONCE.
EXPTE. Nº 11.959/11.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A Nº 6886/16.
(Texto Ordenado Ordenanza Nº 5.524/11).
(Modificando Artículo Nº 1º)
ARTICULO 1º:Modifícase la Ordenanza Nº 5.524/11 la que quedará redactada de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 1º: Convalídase el Convenio de Fortalecimiento Logístico, suscripto entre Municipalidad de Chacabuco y el Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, referente a la compra de cuatro (4) camionetas que sarán designadas como Patrulleros de la Policía Provincial en nuestra ciudad”.-
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTE DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.
EXPTE. 15.076/16.