VISTO:

La necesidad de implementar sistemas que utilicen energías renovables para disminuir paulatinamente el consumo de combustibles, y;

 

CONSIDERANDO:

La necesidad de reducir el aumento de la temperatura global producida, entre otros, por la quema de combustibles fósiles y que el importante aumento de los gases que producen en nuestra atmósfera el «efecto invernadero», deben disminuirse buscando alternativas a la utilización de combustibles fósiles.-

Que en la localidad de O’Higgins, de nuestro partido, se unieron la Sociedad de Fomento, la Cooperativa Eléctrica y La Mariapolis Lía, en el Proyecto para que O’Higgins sea la primera localidad de la Provincia de Buenos Aires con red eléctrica inteligente y energía renovable y que el proyecto figura dentro del marco establecido por la ley 26.190, la ley 27.191 y dentro de los objetivos de la ONU en la Agenda de Desarrollo Sustentable 2.030.

 

Por ello,

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 O R D E N A N Z A  Nº  6935/16.

 

ARTICULO 1º: Declárese de Interés Legislativo y Municipal el Proyecto de la Localidad de O’Higgins, para fomentar la utilización de energías renovables en la localidad, utilizando para ello paneles solares fotovoltaicos.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINIÚN DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.

Expte. Nº 15.213/16.