EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N Z A  Nº  6.989/16.

 

ARTICULO 1º:Autorizase a la Biblioteca Popular Bruno J. Pietranera, el Uso del  Espacio Público y corte de calle Reconquista entre Pueyrredón y San Lorenzo de la ciudad de Chacabuco, el día 20 de noviembre de 2.016, de 14:00 a 20:00 hs. Motivo: Primera Jornada de Visibilización y Sensibilización de Políticas de Género.-

Artículo: Autorizase a los solicitantes a instalar en el lugar equipo de sonido y la venta de tortas y bebidas sin alcohol.-

ARTÍCULO 3º: Los solicitantes serán responsables por Accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante lo peticionado.-

ARTICULO 4º: Las erogaciones resultantes para la organización del evento serán afrontadas, única y exclusivamente por los solicitantes.-

ARTICULO 5º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º  bis, de la ordenanza  Nº  6.541/15.-

ARTICULO  6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.-

ARTICULO  7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.

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DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTIDÓS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.-

Expediente Nº 15.290/16.-