EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A Nº 6.996/16.
ARTICULO 1º: Autorizase a la “Comunidad Mapuche de Chacabuco”, y en su persona al representante de la misma, Sr. Saúl Melinao,el Uso delEspacio Público en la Plaza 5 de Agosto, de la ciudad de Chacabuco, para realizar el Festival y Feria de artesanos y la instalación de una cantina en la mencionada plaza.-
ARTÍCULO 2º:Dicho Espacio Publico queda autorizado para los días 20, 21 y 22 de enero del año 2017 entre las 20.00 y la 24.00 horas.-
Artículo 3º: Autorizase a los solicitantes a instalar en el lugar equipo de sonido, escenario, mesas sillas, carpas y la venta de tortas y bebidas sin alcohol.-
ARTICULO 4º: Los Solicitantes serán responsables por Accidentes u otros inconvenientes que puedan surgir durante lo peticionado.-
ARTICULO 5º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º bis, de la ordenanza Nº 6.541/15.-
ARTICULO 6º: La erogación resultante para la organización del evento (Sadaic, Seguros, etc.), será afrontada por el solicitante.-
ARTICULO 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de espacios Públicos.-
ARTICULO 8º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTIDÓS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.-
Expediente Nº 15.153/16.-