EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A Nº 7.008/16.
ARTICULO 1º:Autorizase a Red Solidaria, Sra.Marina Naya(D.N.I. 28.142.944), el Uso del Espacio Público en Plaza San Martín de la ciudad de Chacabuco, el día 9 de diciembre de 2.016, de 18:00 a 20:00 hs. Motivo: Prácticas de RCP – “Bailemos Todos 2.016” – 3º Edición.-
Artículo 2º: Autorizase a los solicitantes a instalar en el lugar equipo de sonido.-
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ARTÍCULO 3º: Los solicitantes serán responsables por Accidentes u otros inconvenientes ———————– que pudieran surgir durante lo peticionado.-
ARTICULO 4º: Las erogaciones resultantes para la organización del evento serán afrontadas, única y exclusivamente por los solicitantes.-
ARTICULO 5º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º bis, de la ordenanza Nº 6.541/15.-
ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.-
ARTICULO 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.
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DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.
Expediente Nº 15.363/16.-