EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A Nº 7.074/17.
ARTICULO 1º:Autorizase a la Sociedad de Fomento “Bernardino Rivadavia”, Sra. Mónica Agriano, (D.N.I. 11.922.036), el Uso del Espacio Público en Plaza 5 de Agosto de la ciudad de Chacabuco, los días 20, 21 y 22 de enero de 2.017, en el horario de 20:00 a 1:00 hs. Motivo: III Festival de la Cumbia y el Cuarteto – Instalación de Cantina.-
Artículo 2º: Autorizase a los solicitantes a instalar en el lugar mesas, sillas, escenario, baños químicos, equipo de sonido y carpas.-
ARTÍCULO 3º: Los solicitantes serán responsables por Accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante lo peticionado.-
ARTICULO 4º: Las erogaciones resultantes para la organización del evento serán afrontadas, única y exclusivamente por los solicitantes.-
ARTICULO 5º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º bis, de la ordenanza Nº 6.541/15.-
ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.-
ARTICULO 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.-
Expediente Nº 15.433/16.-