EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 7.156/17
ARTICULO 1º: El Honorable Concejo Deliberante de Chacabuco, dispondrá que en los Membretes de la Papelería que se utiliza en todas las comunicaciones oficiales, se instrumente la impresión con la Leyenda “1817 – Año del Bicentenario de la Batalla de Chacabuco – 2017”.-
ARTICULO 2º: Invítese a las dependencias de la Municipalidad de Chacabuco a adherir a la mencionada inscripción.-
ARTICULO 3º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.-
Expediente Nº 15.610/17.-