EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N ZA  Nº  7.209/17

 

ARTÍCULO 1º:Articulo N° 1: Declárese de Interés Municipal y Educativo la app para celulares con sistema Andriod, descargable en forma gratuita desde Playstore, con el nombre de Emma Grooming.-

ARTÍCULO 2º: El Departamento Ejecutivo Municipal designará al área correspondiente  para la realización de campañas informativas sobre la reutilización de esta herramienta en la lucha contra el Grooming.-

ARTÍCULO 3º: El Departamento Ejecutivo deberá coordinar un accionar conjunto con las  autoridades educativas para dar difusión a la campaña informativa.-

ARTÍCULO 4º: Artículo N°4: El Departamento Ejecutivo deberá dar difusión, por los distintos medios informativos, del Art. 131 de la Ley Nacional N° 26.904 que penaliza la práctica del Grooming o acoso cibernético.-

ARTÍCULO 5º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS SIETE DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.- 

 

Expedientes Nº 13.864/14 – 15.343/16.-