EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A Nº 7544/18.
ARTÍCULO 1º: Convalídese el Contrato de Locación celebrado entre la Municipalidad de Chacabuco y el Club Atlético Porteño, referente al funcionamiento de Dependencias Municipales, en los inmuebles sito en: 1)- calle San Martín Nº 115, para el funcionamiento de la Oficina de Monitoreo, 2)- calle San Juan Nº 20, para el depósito de vehículos secuestrados y/o siniestros, 3)-calle San Juan Nº 16, para el destino que determine el Ejecutivo, todos estos inmuebles de la ciudad de Chacabuco (B).-
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase. –
DADO:EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO. –
Expediente H.C.D. Nº 16.159/18.-