EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N Z A Nº 7545/18.

(Texto Ordenado Ordenanza Nº 7.211/17)

 

ARTÍCULO 1º: Rectifíquese los términos de la Ordenanza Nº 7.211/17, el que quedara redactado de la siguiente manera. “Artículo 1º: Autorizase en forma exclusiva, a la Sra. Viviana Elizabeth Dentella, DNI 25.137.466, y al Juan Pablo Dentella, DNI 27.112.114, a realizar la incorporación dominial, de un excedente al inmueble de su propiedad, ubicado en calle Olavarría Nº 371/373, designado como parcela 10-a, según plano de mensura y ubicación excedente característica 026-0031-2015; cuya nomenclatura catastral es: Circunscripción I, Sección F, Quinta 448, Manzana 448-a, Parcela 10-b. Inscripción de dominio DH 13147/66 c/r Folio 332/1922. Superficie 39.48 metros cuadrados: lindero al inmueble denominado catastralmente como: Circunscripción I, Sección F, Quinta 448, Manzana 448-a, Parcela 10-a. Partida Inmobiliaria Nº 5611, de titularidad de los solicitantes. – Expte. Administrativo Nº 4029-2202/16.-

ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase. –

 

DADO:EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO. –

 

Expediente H.C.D. Nº 16.290/18.-