VISTO: Que se cumplen cien años de la Reforma Universitaria de 1918, que dio comienzo al movimiento estudiantil argentino, sentando las primeras bases del sistema universitario de nuestro país conquistando derechos como la autonomía universitaria, el cogobierno, la extensión universitaria, la educación laica, la libertad de pensamiento y la jerarquización en la relación obrero-estudiantil.

 

CONSIDERANDO:

 

Que el movimiento reformista se gestó a partir del compromiso de trasformación y la participación política de los jóvenes, generando una corriente de pensamiento político universitario, que se expandió por toda América Latina sentando las bases de la educación pública en la actualidad.

 

Que reflexionar sobre el movimiento reformista, y su impacto en Argentina y Latinoamérica, es fundamental para repensar la educación y la universidad, con sus conquistas y avances, pero también con sus desafíos futuros.

 

Que según datos extraídos del INDEC, a través del último Censo Nacional de Población, solo un 12% de las personas mayores de 20 años de nuestro distrito (dato aplicable a distrito modelo, consultar cada distrito en https://www.indec.gob.ar), asistió al menos alguna vez a la universidad, siendo por ello es indispensable jerarquizar ante la comunidad a la universidad en general y a los principios de la Reforma en particular.

 

Que es fundamental comprometer al gobierno local con la vida universitaria, ya que por medio de la educación es que el pueblo logra empoderarse, mejorar su calidad de vida y la de comunidad.

 

Por las razones previamente expuestas, es que solicitamos a este Honorable cuerpo la aprobación del presente proyecto de ordenanza.

 

POR ELLO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA LA SIGUIENTE:

 

O R D E N A N Z A Nº: 7647

 

ARTÍCULO 1º: Declárase el Año 2018 como el “AÑO DEL CENTENARIO DE LA REFORMA UNIVERSITARIA”.

 

ARTÍCULO 2º:  Documentos oficiales. Dispónese que, durante el Año 2018, toda la documentación oficial de la Administración Pública Local, centralizada y descentralizada, deberá llevar la leyenda “2018 Año del Centenario de la Reforma Universitaria”.

 

ARTÍCULO 3º: Que el Poder Ejecutivo local, realice acciones tendientes a rememorar, destacar y reflexionar junto a las instituciones universitarias y su comunidad académica y estudiantil, el significado de la Reforma Universitaria de 1918 y su legado.

 

ARTICULO 4º: Incluir la leyenda “2018 Año del Centenario de la Reforma Universitaria” a todo contenido multimedia emitido por prensa municipal.

 

ARTÍCULO 5°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese, y archívese. –

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO. –  

 

Expediente Nº 16.367/18.