VISTO: El nuevo mural realizado en la Escuela Nº 44 de Los Ángeles, y;
CONSIDERANDO:
-Que, en 1945 se delimitan nuevamente los partidos de Chacabuco y Salto, quedando la Institución dentro del Partido de Chacabuco.
-Que, ese mismo año se inaugura el nuevo edificio que ocupa hasta la actualidad el establecimiento.
-Que, todavía se encuentra la fachada exterior del antiguo edificio.
-Que, sobre una de sus paredes se pintó un mural con los alumnos del JIRIMM, ex alumnos y padres.
-Que, dicho mural distingue a la institución, brindándole a toda la comunidad un símbolo de pertenencia.
-Que, la Escuela fue y es la atracción cultural del Paraje y una institución que se mantuvo activa durante muchos años.
Por ello
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 7769/18
ARTICULO 1º: Declárese, Patrimonio Histórico Municipal, a la fachada del antiguo edificio Escuela Nº 44, de la localidad de Los Ángeles, en el marco de la Ordenanza 2.433/2.000.
ARTICULO 2º: Felicítese a toda la comunidad educativa, por la realización del mural realizado por alumnos del JIRIMM, padres y ex alumnos de la institución.
ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.
DADO:EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), A LOS SIETE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.
EXPTE. Nº 16.808/18.