EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A Nº 7.821/18.
ARTICULO 1º: Autorizase a Comparsa Horus, y en representación de la misma, a la Sra. Mariana Alaman DNI: 32.101.641, el Uso del Espacio Público y Corte de Avenida Urquiza entre las calles 12 de Febrero y 9 de Julio, la ciudad de Chacabuco, el día 16 de febrero de 2019, de 17:00 hs. a 00:30 hs. Motivo: Corso Barrial.
Artículo 2º: Autorizase a los solicitantes a instalar en el lugar mesas, sillas, escenario, equipo de sonido, carpas y vallas de seguridad.
ARTÍCULO 3º:Los solicitantes serán responsables por Accidentes u otros inconvenientes que surgir durante lo peticionado.
ARTÍCULO 4º:La erogación resultante para la organización del evento (SADAIC, Seguros, etc.) será afrontada por el solicitante.
ARTICULO 5º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º bis, de la ordenanza Nº 6.541/15.-
ARTÍCULO 6º:Comuníquese por parte de los solicitantes al Departamento Ejecutivo Municipal a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes a la utilización de Espacio Públicos.
ARTÍCULO7º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.
Expediente Nº 16.920/18.-