VISTO:

La relevancia, el valor histórico, cultural y arquitectónico del Palacio Municipal de la ciudad de Chacabuco; y

 

CONSIDERANDO:

Que, según testimonios de historiadores locales, dicho edificio fue construido, en varias etapas.

Que en ese sentido y sin perjuicio de ello, su fase más importante ha tenido lugar a principios del siglo pasado.

Que entre 1870 y 1880, se da inicio a la obra de las primeras oficinas donde funcionaría el palacio Municipal de nuestra ciudad.

Que, luego de tres décadas, la sede comunal no respondía a las exigencias de los nuevos tiempos que se vivían, y resultaba necesario una ampliación y remodelación de la misma, ya que su infraestructura y aspecto general no armonizaba con el progreso del pueblo.

Que en noviembre de 1906, a instancias de quien fuera en esos años, el Intendente Municipal, Ingeniero Edmundo Perkins, se convoca a autoridades locales y Provinciales, para poner en marcha estudios sobre el terreno y realizar las diligencias previas a la obra.

Que en junio de 1907, ingresa en el HCD, expediente y planos de las modificaciones a realizar, para aprobar y sancionar el 3 de agosto de ese mismo año, pliego de condiciones a las que debían someterse las propuestas a ingresar, y conformar una Comisión de Asesoramiento integrada por vecinos de nuestra ciudad.

Que abiertas los sobres presentados por dos empresas concursantes, luego de negociaciones y ajustes de presupuesto, en la sesión del 11 de noviembre de 1907, se aprueba la propuesta presentada por la Empresa Constructora Benjamin De Titto y se autoriza al Intendente Municipal a suscribir contrato con dicha firma.

Que en noviembre de ese año, se autoriza la demolición del viejo edificio.

Que a comienzos de 1908, se da inicio a la construcción del nuevo edificio.

Que en el segundo semestre de 1908, con la gestión del Intendente Sangiani, constructores y autoridades, consideran detalles de la Iluminación, instalación de agua corriente, cloacas, ampliación del gran salón, modificación de veredas, nivel de pisos y otros detalles menores

Que a comienzos de 1909, se aceptan las propuestas presentadas por distintas empresas para la realización de dichas obras y se propone el 30 de junio de 1910 con fecha de finalización y entrega de la obra terminada.

Que solo faltaban algunos detalles de importancia, siendo uno de ellos el de los muebles, que debían ser adecuados a las proporciones y suntuosidad del Palacio.

Que, La Colectividad Italiana dona como detalle de valor estético el reloj, con el que cuenta el edificio en la actualidad.

Que, el Palacio Municipal concebido en estilo neoclásico, construido entre los años 1907 y 1911, fue una gran obra, motivo de orgullo para autoridades y vecinos.

Que, actualmente es un inmueble histórico, que por sus características arquitectónicas especiales, lo destacan por la armonía en la composición de su fachada, su constructiva sobresaliente, y tipología estructural.

Que, es un edificio de significación urbana que conserva su forma y materiales originales.

Que posee elementos que fueron hitos destacados en la conformación social ciudadana, que configuran la memoria histórica colectiva y un uso social actual.

Que existen varias Ordenanzas, declarando a diversos edificios emblemáticos en nuestra ciudad como Patrimonio Histórico, lo cual motiva con mayor firmeza a incorporar a dicha lista, al que tal vez resulta ser el más significativo de todos edificios de nuestra comuna, a los fines de preservar y valorar el patrimonio de Chacabuco.

Que la Comisión de Patrimonio Histórico y Cultural, se ha expedido, y ha emitido un dictamen considerando procedente aprobar el proyecto que propone la presente declaración.-

 

Por ello

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N ZA Nº 7.872/19

 

ARTÍCULO 1°: Declárese de Patrimonio Histórico Municipal, al edificio del Palacio Municipal, situado en calle Reconquista N 26 de la ciudad de Chacabuco (B), en los términos de la Ordenanza N° 2433/2000.

 

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.-

 

 

DADO:EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.

 

EXPTE. Nº 16.882/18