EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 8027/19
ARTICULO 1º:Autorizasea la Agrupación Atlética Chacabuco, y en representación de la misma al Sr. José Pereiro, DNI: 6.152.765, el Uso de Espacio Público, y Corte desde intersección de avenida Juan XIII y Ruta Nacional N° 7, sin corte de esta última, hasta calle 641, de la ciudad de Chacabuco (B), el día 9 de junio de 2019, en el horario de 10:30 hs. a 12:00 hs. Motivo: Prueba Atlética de calle a nivel zonal-
ARTÍCULO 2º: Los Solicitantes serán responsables por Accidentes u otros inconvenientes que puedan surgir durante el desarrollo de actividad.
ARTICULO 3º: Las erogaciones resultantes para la organización del evento seránafrontadas, única y exclusivamente por los solicitantes.
ARTICULO 4º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º bis, de la ordenanza Nº 6.541/15.
ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.
ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
DADO:EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.
EXPTE. Nº 17.269/19