EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A Nº 7885/19.
ARTICULO 1º: Autorizase a la Club Atlético Porteño (Srs. Horacio Pannunzio, en su calidad de Presidente), el Uso del Espacio Público, y Corte de Av. Saavedra (entre calles Santiago Roca y 629), y de calle 629 (entre Av. Saavedra y calle Avellaneda), de Chacabuco, los días 16 y 17 de febrero de 2.019, en el horario de 19:00 hs a 24:00 hs. Motivo: Ordenamiento del tránsito para circulación y estacionamiento de vehículos, en el marco de la segunda edición del espectáculo artístico y gastronómico denominado “Food Truck Festival”, a desarrollarse en el complejo deportivo de la entidad requirente.
ARTÍCULO 2º: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante el desarrollo del evento.
ARTICULO 3º: Las erogaciones resultantes para la organización del evento serán afrontadas, única y exclusivamente por los solicitantes.
ARTÍCULO 4º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º bis, de la ordenanza Nº 6.541/15.
ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, inscríbase y archívese.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.
Expediente Nº 17.016/19