EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N ZA Nº 8.111/19

 

ARTICULO 1º: Autorizase a “ALCEC Chacabuco”, CUIT 30-7093586050-9, y en representación de la misma a su presidente Sr. Marcos Gallina, el Uso del Espacio Público frente al Palacio Municipal, con Corte de las calles que se detallan a continuación, para la realización de una caminata: Reconquista desde su inicio, hasta Pueyrredón; Pueyrredón desde Reconquista, hasta Av. Saavedra, Av. Saavedra, desde Pueyrredón hasta 9 de Julio; 9 de Julio desde Av. Saavedra, hasta Av. Arenales; Av. Arenales desde 9 de julio, hasta Belgrano; Belgrano desde Av. Arenales, hasta Av. Alsina; Av. Alsina desde Belgrano, hasta Av. Vieytes; Av. Vieytes desde Av. Alsina, hasta Primera Junta; Primera Junta desde Av. Vieytes, hasta San Martín; San Martín, desde Primera Junta hasta San Juan; y San Juan desde San Martín hasta su intersección con calle Pueyrredón, de la ciudad de Chacabuco, el día 19 de octubre de 2019, en el horario de 14:00 hs. a 24:00 hs. Motivo: Caminata anual de ALCEC Chacabuco contra el Cáncer de Mama.

 

ARTICULO 2º: Autorizase a los solicitantes a instalar en el lugar mesas, sillas, escenario, equipo de sonido.

 

ARTÍCULO 3º: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante el desarrollo del evento.

 

ARTICULO 4º: Las erogaciones resultantes para la organización del evento serán afrontadas, única y exclusivamente por los solicitantes.

 

ARTICULO 5º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música  y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º bis, de la ordenanza Nº 6.541/15.

 

ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.

 

ARTICULO 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, inscríbase y archívese.

 

DADO:EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.

EXPTE. Nº 17.402/19